Los programas de protección establecerán requisitos de ingreso y medidas de apoyo para víctimas o testigos. Esto busca garantizar la seguridad de quienes colaboran con la justicia.
Los programas establecerán, cuando menos, los requisitos de ingreso, protección física o electrónica para la víctima o testigo; apoyos para solventar sus necesidades personales básicas, cuando por su intervención en el procedimiento penal así se requiera. En casos necesarios, las medidas se podrán extender a familiares o personas cercanas.
Las erogaciones por concepto de otorgamiento de apoyo estarán sujetas a la normativa aplicable y a los presupuestos autorizados de las dependencias que los proporcionen.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La claridad en los requisitos de los programas de protección es esencial para su implementación. Los contadores y abogados deben asesorar a sus clientes sobre las condiciones necesarias para acceder a estos programas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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