Este artículo impone penas de 5 a 15 años de prisión y multas de 1 mil a 20 mil días a quienes gestionen medios que publiquen contenido delictivo. Se busca prevenir la difusión de información que promueva la trata de personas.
Se aplicará pena de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa a quien dirija, gestione o edite un medio impreso, electrónico o cibernético que, incumpliendo lo dispuesto con esta Ley publique contenidos a través de los cuales facilite, promueva o procure cualquiera de las conductas delictivas objeto de la misma.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los editores de medios deben ser cautelosos con el contenido que publican. La responsabilidad penal puede extenderse a quienes gestionan o editan, lo que exige una revisión exhaustiva de los materiales antes de su difusión.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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