LGPSEDMTP

Artículo 24. Mendicidad forzada

Se sanciona con penas de 4 a 9 años de prisión a quienes utilicen a personas para realizar actos de mendicidad. Se busca erradicar la explotación de personas vulnerables.

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Texto Legal

Será sancionado con prisión de 4 a 9 años y de 500 a 20 mil días multa, a quien utilice a una persona para realizar actos de mendicidad.

LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o el engaño.

Si se utiliza con los fines del párrafo primero de este artículo a personas menores de dieciocho años, o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta; personas mayores de sesenta años, pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, mujeres embarazadas, personas con lesiones, enfermedades o discapacidad física o psicológica, se impondrá pena de 9 a 15 años de prisión y de un mil a 25 mil días multa. Párrafo reformado DOF 07-06-2024

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los contadores deben estar atentos a las implicaciones legales de la mendicidad forzada, especialmente en contextos de trabajo social o comunitario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LGPSEDMTP?

Se sanciona con penas de 4 a 9 años de prisión a quienes utilicen a personas para realizar actos de mendicidad. Se busca erradicar la explotación de personas vulnerables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para Prevenir, Sancionar y Erradicar los De...?

[IA] Los contadores deben estar atentos a las implicaciones legales de la mendicidad forzada, especialmente en contextos de trabajo social o comunitario.

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