LGPIST

Artículo 74. Recursos del mecanismo

El Mecanismo Nacional de Prevencion contará con los recursos necesarios para cumplir su función de manera independiente. Esto incluye recursos humanos, materiales y financieros.

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Texto Legal

El Mecanismo Nacional de Prevención contará con los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el aseguramiento de su autonomía presupuestaria de gestión e institucionalidad necesarias para cumplir con la función independiente prevista en esta Ley y en el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurar recursos adecuados es fundamental para la operatividad del mecanismo. Se debe realizar una planificación financiera que contemple sus necesidades a largo plazo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LGPIST?

El Mecanismo Nacional de Prevencion contará con los recursos necesarios para cumplir su función de manera independiente. Esto incluye recursos humanos, materiales y financieros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY para Prevenir, Investigar y Sancionar la To...?

[IA] Asegurar recursos adecuados es fundamental para la operatividad del mecanismo. Se debe realizar una planificación financiera que contemple sus necesidades a largo plazo.

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