LGPIST

Artículo 56. Acceso a registros de detenciones

Las autoridades deben garantizar que las Fiscalías Especializadas tengan acceso a los registros de detenciones. Esto es esencial para la investigación efectiva de casos de tortura.

registrosdetencionesfiscalias
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 28 de abril de 2022. Verificado en 2026.

Texto Legal

Las autoridades de los tres órdenes de gobierno deben garantizar el acceso de las Fiscalías Especializadas a los registros de detenciones. Artículo reformado DOF 20-05-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer el acceso a registros es importante para los abogados, ya que esto puede facilitar la recopilación de pruebas y la construcción de casos sólidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LGPIST?

Las autoridades deben garantizar que las Fiscalías Especializadas tengan acceso a los registros de detenciones. Esto es esencial para la investigación efectiva de casos de tortura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la LEY para Prevenir, Investigar y Sancionar la To...?

[IA] Conocer el acceso a registros es importante para los abogados, ya que esto puede facilitar la recopilación de pruebas y la construcción de casos sólidos.

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