LGPIST

Artículo 22. Competencia para investigar tortura

Este articulo define la competencia de las autoridades federales para investigar y sancionar delitos de tortura, estableciendo condiciones específicas para su aplicación.

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Texto Legal

La investigación, persecución y sanción de los delitos previstos en esta Ley estará a cargo de las autoridades federales, cuando:

LEY GENERAL PARA PREVENIR, INVESTIGAR Y SANCIONAR LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Se encuentre involucrado algún Servidor Público federal como responsable, o como sujeto pasivo de los delitos previstos en esta Ley;

II. Se actualicen las hipótesis previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el Código Penal Federal, o en cualquier otra disposición que le otorgue competencia a la Federación;

III. Exista una sentencia o decisión de algún organismo internacional de protección de los derechos humanos o una resolución de un órgano previsto en cualquier tratado internacional en la que se determine la responsabilidad del Estado mexicano por defecto u omisión en la investigación, persecución o enjuiciamiento de los delitos previstos en esta Ley;

IV. El Ministerio Público de la Federación solicite a la Fiscalía Especializada de la Entidad Federativa, le remita la investigación correspondiente, atendiendo a las características propias del hecho, así como a las circunstancias de ejecución o la relevancia social del mismo. Fracción reformada DOF 20-05-2021

La Víctima podrá pedir al Ministerio Público de la Federación que solicite la remisión de la investigación, a la que el Ministerio Público deberá responder de forma fundada y motivada.

En los casos no contemplados en este artículo, serán competentes las Fiscalías Especializadas de las entidades federativas. Párrafo reformado DOF 20-05-2021

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Entender la competencia de las autoridades es crucial para la correcta presentación de casos. Los abogados deben estar al tanto de las condiciones que determinan la jurisdicción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del LGPIST?

Este articulo define la competencia de las autoridades federales para investigar y sancionar delitos de tortura, estableciendo condiciones específicas para su aplicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 22 de la LEY para Prevenir, Investigar y Sancionar la To...?

[IA] Entender la competencia de las autoridades es crucial para la correcta presentación de casos. Los abogados deben estar al tanto de las condiciones que determinan la jurisdicción.

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