Se establece la distribución de competencias entre la Federación, Entidades Federativas y Municipios en materia de igualdad. Este artículo es clave para la coordinación interinstitucional.
La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, ejercerán sus atribuciones en materia de esta Ley de conformidad con la distribución de competencias previstas en la misma y en otros ordenamientos aplicables a los tres órdenes de gobierno. Artículo reformado DOF 15-01-2026
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Entender la distribución de competencias es vital para la implementación efectiva de la ley. Las entidades deben colaborar para evitar duplicidades y asegurar un enfoque coordinado.
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