LGISMH

Artículo 24. Propuestas del Sistema Nacional

La Secretaría de las Mujeres puede proponer la creación de comisiones temáticas dentro del Sistema Nacional para abordar proyectos estratégicos relacionados con la igualdad sustantiva.

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Texto Legal

La Secretaría de las Mujeres coordinará y promoverá la ejecución de las acciones que deriven de los acuerdos del Sistema Nacional, sin perjuicio de las atribuciones y funciones contenidas en su ordenamiento, y expedirá las reglas para su organización y funcionamiento, así mismo adoptará las medidas para vincularlo con otros sistemas de carácter nacional o local. Artículo reformado DOF 15-01-2026

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los profesionales se mantengan informados sobre las propuestas que surjan, ya que pueden abrir nuevas oportunidades para el desarrollo de programas de igualdad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LGISMH?

La Secretaría de las Mujeres puede proponer la creación de comisiones temáticas dentro del Sistema Nacional para abordar proyectos estratégicos relacionados con la igualdad sustantiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y...?

[IA] Es recomendable que los profesionales se mantengan informados sobre las propuestas que surjan, ya que pueden abrir nuevas oportunidades para el desarrollo de programas de igualdad.

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