La Secretaría de las Mujeres puede proponer la creación de comisiones temáticas dentro del Sistema Nacional para abordar proyectos estratégicos relacionados con la igualdad sustantiva.
La Secretaría de las Mujeres coordinará y promoverá la ejecución de las acciones que deriven de los acuerdos del Sistema Nacional, sin perjuicio de las atribuciones y funciones contenidas en su ordenamiento, y expedirá las reglas para su organización y funcionamiento, así mismo adoptará las medidas para vincularlo con otros sistemas de carácter nacional o local. Artículo reformado DOF 15-01-2026
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es recomendable que los profesionales se mantengan informados sobre las propuestas que surjan, ya que pueden abrir nuevas oportunidades para el desarrollo de programas de igualdad.
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Art. 23. Definición del Sistema Nacional
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Art. 24 Bis. Composicion del Pleno del Sistema Nacional
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