Se establece que la Comisión Nacional de Derechos Humanos participará en la evaluación de los resultados de los convenios y acuerdos. Esto garantiza una supervisión adecuada de la implementación de la ley.
Se preverá que en el seguimiento y evaluación de los resultados que se obtengan por la ejecución de los convenios y acuerdos a que se refiere este capítulo, intervenga el área responsable de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de acuerdo con las atribuciones que su propia ley le confiere.
CAPÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO FEDERAL
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La evaluación es fundamental para medir el impacto de las políticas de igualdad. Se recomienda establecer indicadores claros para facilitar este proceso.
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