LGCT

Artículo 47. Criterios para sanciones

Este articulo detalla los criterios que la autoridad sanitaria debe considerar al imponer sanciones. Se evalúan factores como los daños a la salud, la gravedad de la infracción y la situación socioeconómica del infractor.

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Texto Legal

Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta:

I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;

II. La gravedad de la infracción;

III. Las condiciones socio-económicas del infractor;

IV. La calidad de reincidente del infractor, y

V. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender estos criterios puede ayudar a los infractores a preparar su defensa y a las autoridades a fundamentar sus decisiones. Es recomendable documentar adecuadamente las condiciones del infractor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LGCT?

Este articulo detalla los criterios que la autoridad sanitaria debe considerar al imponer sanciones. Se evalúan factores como los daños a la salud, la gravedad de la infracción y la situación socioeconómica del infractor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY para el Control del Tabaco?

[IA] Comprender estos criterios puede ayudar a los infractores a preparar su defensa y a las autoridades a fundamentar sus decisiones. Es recomendable documentar adecuadamente las condiciones del infractor.

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