Este articulo establece las sanciones administrativas que pueden imponerse por infracciones a la Ley General para el Control del Tabaco. Las sanciones incluyen amonestaciones, multas, clausuras y arrestos.
Las sanciones administrativas podrán ser:
I. Amonestación con apercibimiento;
II. Multa;
III. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, y
IV. Arresto hasta por treinta y seis horas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los infractores conozcan las posibles sanciones para evitar consecuencias legales. Las multas pueden ser significativas, por lo que se recomienda una revisión constante del cumplimiento normativo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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