El Sistema Nacional de Centros Públicos coordinará actividades para la difusión del conocimiento y la obtención de derechos de propiedad intelectual. También se encargará de facilitar la importación de insumos necesarios para la investigación.
El Sistema Nacional de Centros Públicos coordinará y promoverá las actividades necesarias para:
I. Realizar un esfuerzo editorial conjunto que facilite la difusión y divulgación de la ciencia y sus avances, así como el acceso universal al conocimiento humanístico y científico generado en los Centros Públicos;
II. Obtener el reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual que correspondan a los desarrollos tecnológicos e innovaciones realizadas por sus integrantes;
III. La importación de los insumos necesarios para sus actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación, incluyendo el cumplimiento de los requisitos aplicables para agilizar su despacho, en términos de la Ley Aduanera y su Reglamento, y
IV. Las demás que se requieran para el cumplimiento de su objeto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo resalta la importancia de la propiedad intelectual en el ámbito de la investigación. Los contadores y abogados deben asesorar a los centros sobre cómo proteger sus innovaciones y facilitar su acceso a insumos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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