La Dirección General del Consejo Nacional fijará las condiciones generales de trabajo, previa autorización de la Secretaría de Hacienda. Las relaciones laborales se regirán por la Constitución.
La persona titular de la Dirección General fijará las condiciones generales de trabajo del Consejo Nacional, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Las relaciones de trabajo entre el Consejo Nacional y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en el artículo 123, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Capítulo II De los Órganos de Gobierno y Administración
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los empleados del consejo conozcan sus derechos laborales y las condiciones que los rigen. Esto puede influir en la retención de talento dentro de la institución.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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