Las autoridades que no pertenecen a la Comisión Nacional de Búsqueda deben recabar y transmitir información sobre noticias de desapariciones. Esto asegura que toda la información relevante sea canalizada adecuadamente.
Cuando se trate de una Noticia, las autoridades que no pertenezcan a la Comisión Nacional de Búsqueda o a las Comisiones Locales de Búsqueda y que tengan conocimiento de ésta, deben:
a) Recabar los datos mínimos que se desprendan de la Noticia, como se señala en el artículo 85, y
b) Transmitir la información de manera inmediata a la Comisión correspondiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las autoridades deben establecer protocolos claros para la recolección y transmisión de datos. Esto minimiza el riesgo de errores y asegura una respuesta más rápida.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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