LGMDFP

Artículo 36. Modificación de penas

Este articulo establece que las penas para los delitos de desaparición pueden ser modificadas conforme a reglas específicas. Esto permite cierta flexibilidad en la aplicación de la ley.

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Texto Legal

Las penas aplicables para los delitos establecidos en los artículos 34 y 35 de esta Ley pueden ser determinadas y modificadas conforme a las reglas previstas en los artículos 32 y 33 de esta Ley.

CAPÍTULO QUINTO DE LOS DELITOS VINCULADOS CON LA DESAPARICIÓN DE PERSONAS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de modificar penas según reglas específicas puede ser una herramienta útil en la defensa. Los abogados deben evaluar cada caso para determinar la mejor estrategia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LGMDFP?

Este articulo establece que las penas para los delitos de desaparición pueden ser modificadas conforme a reglas específicas. Esto permite cierta flexibilidad en la aplicación de la ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY en Materia de Desaparición Forzada de Perso...?

[IA] La posibilidad de modificar penas según reglas específicas puede ser una herramienta útil en la defensa. Los abogados deben evaluar cada caso para determinar la mejor estrategia.

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