LGMDE_200521

Artículo 20. Sanciones a servidores públicos en consultas

Los servidores públicos que coaccionen a sus subordinados durante consultas populares enfrentarán multas y prisión. Esta ley protege la libertad de voto de los ciudadanos.

servidores públicosconsultascoacción

Texto Legal

Se impondrá de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que durante el procedimiento de consulta popular:

I. Coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular;

LEY GENERAL EN MATERIA DE DELITOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los servidores públicos deben ser conscientes de las restricciones que tienen en el contexto de consultas populares. La coacción es un delito grave que puede acarrear severas consecuencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LGMDE_200521?

Los servidores públicos que coaccionen a sus subordinados durante consultas populares enfrentarán multas y prisión. Esta ley protege la libertad de voto de los ciudadanos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY en Materia de Delitos Electorales?

[IA] Los servidores públicos deben ser conscientes de las restricciones que tienen en el contexto de consultas populares. La coacción es un delito grave que puede acarrear severas consecuencias.

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