Este articulo prohíbe el uso de recursos públicos durante procesos electorales para influir en el electorado. Las sanciones incluyen multas y prisión para quienes incurran en esta práctica.
Se impondrá de quinientos a mil días multa y prisión de cuatro a nueve años, a la servidora o servidor público que, durante el proceso electoral, use o permita el uso de los recursos públicos, bienes, fondos, servicios, o beneficios relacionados con programas sociales con la finalidad de incidir en el electorado para posicionarse o posicionar ante el electorado a distinta o distinto servidor público, precandidato, aspirante a candidato independiente, candidato, partido político o coalición. Artículo adicionado DOF 19-02-2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los servidores publicos deben ser cautelosos al manejar recursos durante campañas electorales. Este articulo refuerza la importancia de la transparencia y la legalidad en el uso de fondos públicos.
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