LGSCMM_300919

Artículo 3. Fines de la Revalorización

Este artículo detalla los fines de las acciones de las autoridades educativas para revalorizar a los docentes, incluyendo el fortalecimiento de su desarrollo profesional y el respeto a su labor. Se busca priorizar el aprendizaje de los estudiantes.

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Texto Legal

Los esfuerzos y las acciones de las autoridades educativas en sus distintos ámbitos y niveles de gobierno en la revalorización de las maestras y los maestros para efectos de esta Ley, perseguirá los siguientes fines:

I. Priorizar su labor para el logro de metas y objetivos centrados en el aprendizaje de los educandos;

II. Fortalecer su desarrollo y superación profesional mediante la formación, capacitación y actualización;

III. Fomentar el respeto a la labor docente y a su persona por parte de las autoridades educativas, de los educandos, madres y padres de familia o tutores y sociedad en general; así como fortalecer su liderazgo en la comunidad;

IV. Reconocer su experiencia, así como su vinculación y compromiso con la comunidad y el entorno donde labora, para proponer soluciones de acuerdo a su contexto educativo;

V. Priorizar su labor pedagógica y el máximo logro de aprendizaje de los educandos sobre la carga administrativa;

VI. Impulsar su capacidad para la toma de decisiones cotidianas respecto a la planeación educativa;

VII. Otorgar, en términos de las disposiciones aplicables, un salario profesional digno, que permita a las maestras y los maestros de los planteles del Estado alcanzar un nivel de vida decoroso para ellos y su familia; arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como disponer del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y realizar actividades destinadas a su desarrollo personal y profesional, y

VIII. Respetar sus derechos reconocidos en las disposiciones legales aplicables.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La revalorización del docente es clave para mejorar el sistema educativo. Las instituciones deben considerar estos fines al desarrollar programas de capacitación y apoyo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LGSCMM_300919?

Este artículo detalla los fines de las acciones de las autoridades educativas para revalorizar a los docentes, incluyendo el fortalecimiento de su desarrollo profesional y el respeto a su labor. Se busca priorizar el aprendizaje de los estudiantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY del Sistema para la Carrera de las Maestras...?

[IA] La revalorización del docente es clave para mejorar el sistema educativo. Las instituciones deben considerar estos fines al desarrollar programas de capacitación y apoyo.

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