Este articulo establece la integración y presidencia de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, que incluye a titulares de órganos de prevención y reinserción social. Además, se menciona la participación del Secretariado Ejecutivo sin voto.
La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario se integrará por las personas titulares de los órganos de prevención y de reinserción social o sus equivalentes de la Federación y de las entidades federativas, y será presidida por quien designe la persona titular de la Secretaría. La persona titular del Secretariado Ejecutivo será integrante con voz, pero sin voto de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta integración de esta conferencia es crucial para la coordinación efectiva del sistema penitenciario. Es importante que los contadores y abogados estén al tanto de las decisiones que se tomen en este ámbito.
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