La falsificación de certificados puede llevar a penas de prisión y multas significativas. Este delito es grave y se sanciona con severidad para proteger la integridad del sistema.
Se sancionará con cinco a doce años de prisión y de doscientas a ochocientas Unidades de Medida y Actualización a quien falsifique el certificado a que se refiere la presente Ley, lo altere, comercialice o use a sabiendas de su ilicitud.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La falsificación de documentos es un delito serio que puede dañar la reputación de las instituciones. Se recomienda establecer medidas de seguridad en la emisión de certificados para prevenir fraudes.
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Art. 145. Sanciones por ingreso indebido de información
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