LGSNSP

Artículo 111. Normas de atención a emergencias

El Secretariado Ejecutivo publicará normas técnicas sobre la atención de llamadas de emergencia y denuncia anónima. Estas normas son fundamentales para la operación de los Centros de Comando.

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Texto Legal

El Secretariado Ejecutivo emitirá y publicará las normas técnicas y protocolos de operación relacionados a los Centros de Comando y Control sobre atención a llamadas de emergencia y de denuncia anónima, de despacho de emergencias y de procesos y de definiciones técnicas para los sistemas de videovigilancia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantenerse actualizado sobre estas normas es vital para las instituciones. La correcta implementación puede mejorar significativamente la atención a emergencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 111 del LGSNSP?

El Secretariado Ejecutivo publicará normas técnicas sobre la atención de llamadas de emergencia y denuncia anónima. Estas normas son fundamentales para la operación de los Centros de Comando.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 111 de la LEY del Sistema Nacional de Seguridad Pública?

[IA] Mantenerse actualizado sobre estas normas es vital para las instituciones. La correcta implementación puede mejorar significativamente la atención a emergencias.

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