La Secretaría tiene atribuciones para operar el Sistema Nacional de Información, implementar políticas de acceso y garantizar la seguridad de la información.
La Secretaría contará con las siguientes atribuciones en relación con el Sistema Nacional de Información: I. Operar los sistemas e instrumentos tecnológicos que sustentan al Sistema Nacional de Información; II. Implementar las políticas de acceso de las Instituciones de Seguridad Pública al Sistema Nacional de Información; III. Realizar e instruir las acciones necesarias para garantizar a las Instituciones de Seguridad Pública las condiciones de acceso e interconexión al Sistema Nacional de Información; IV. Establecer lineamientos para la integración, funcionalidad, operación, reconstrucción, seguridad, preservación y el respaldo de la información que integra el Sistema Nacional de Información; V. Atender las solicitudes de actualización, modificación o eliminación de información requeridas por las Instituciones de Seguridad Pública, siempre que cumplan con los requisitos y con la normativa correspondiente; VI. Proponer al Consejo Nacional los programas en materia de desarrollo y modernización tecnológica; VII. Diseñar, implementar y evaluar los programas de capacitación para el uso y operación de los sistemas de la plataforma tecnológica, y VIII. Las demás que determinen las normativas aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La claridad en las atribuciones de la Secretaría es fundamental para evitar conflictos de competencia. Se deben establecer protocolos claros para la operación del sistema.
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Art. 102. Acceso a la información del sistema
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