LGSNA_200521

Artículo 6. Objetivo del Sistema Nacional

El Sistema Nacional busca establecer políticas y procedimientos para la coordinación en la lucha contra la corrupción. Esto incluye la fiscalización y control de recursos públicos.

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Texto Legal

El Sistema Nacional tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. Es una instancia cuya finalidad es establecer, articular y evaluar la política en la materia.

Las políticas públicas que establezca el Comité Coordinador del Sistema Nacional deberán ser implementadas por todos los Entes públicos.

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-05-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

La Secretaría Ejecutiva dará seguimiento a la implementación de dichas políticas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para entender el funcionamiento del Sistema Nacional. Los entes públicos deben estar preparados para implementar las políticas que surjan de este sistema.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 6 del LGSNA_200521?

El Sistema Nacional busca establecer políticas y procedimientos para la coordinación en la lucha contra la corrupción. Esto incluye la fiscalización y control de recursos públicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 6 de la LEY del Sistema Nacional Anticorrupción?

[IA] Este artículo es clave para entender el funcionamiento del Sistema Nacional. Los entes públicos deben estar preparados para implementar las políticas que surjan de este sistema.

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