Se establecerá un sistema de denuncias públicas para faltas administrativas y hechos de corrupción, facilitando la participación ciudadana en la fiscalización.
El sistema de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción será establecido de acuerdo a lo que determine el Comité Coordinador y será implementado por las autoridades competentes.
TÍTULO QUINTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ COORDINADOR
Capítulo Único De las recomendaciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La implementación de un sistema de denuncias públicas puede aumentar la transparencia y la rendición de cuentas. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre cómo utilizar este sistema de manera efectiva.
Anterior
Art. 55. Programas Anuales de Auditoría
Siguiente
Art. 57. Informe Anual del Comité Coordinador
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo