La Secretaría notificará a los gobiernos locales sobre la recepción de manifestaciones de impacto ambiental, permitiendo que expresen sus opiniones. Esto fomenta la participación de las autoridades locales.
Tratándose de las obras y actividades a que se refieren las fracciones IV, VIII, IX y XI del artículo 28, la Secretaría notificará a los gobiernos de las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, según corresponda, que ha recibido la manifestación de impacto ambiental respectiva, a fin de que éstos manifiesten lo que a su derecho convenga. Párrafo reformado DOF 19-01-2018
La autorización que expida la Secretaría, no obligará en forma alguna a las autoridades locales para expedir las autorizaciones que les corresponda en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo reformado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La participación de gobiernos locales puede influir en la aprobación de proyectos. Es recomendable involucrar a estas autoridades desde el inicio del proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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