Si no se comprueban los hechos denunciados, la Procuraduría informará al denunciante para que emita observaciones. Esto garantiza transparencia en el proceso de denuncia.
En caso de que no se comprueben que los actos, hechos u omisiones denunciados producen o pueden producir desequilibrio ecológico o daños al ambiente o a los recursos naturales o contravengan las disposiciones de la presente Ley, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente lo hará del conocimiento del denunciante, a efecto de que éste emita las observaciones que juzgue convenientes. Artículo adicionado DOF 13-12-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los denunciantes estén preparados para responder a la Procuraduría, ya que su participación puede influir en el resultado final.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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