Durante las inspecciones, se debe incluir en la orden de inspección la autoridad que la expide, el motivo, el lugar y el objeto de la diligencia. Esto asegura la transparencia del proceso.
En la práctica de actos de inspección a embarcaciones o vehículos, será suficiente que en la orden de inspección se establezca:
a) La autoridad que la expide.
b) El motivo y fundamento que le dé origen.
c) El lugar, zona o región en donde se practique la inspección.
d) El objeto y alcance de la diligencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegúrese de que las órdenes de inspección cumplan con los requisitos legales. Esto puede proteger a las empresas de abusos durante el proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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