LGVS

Artículo 102. Consecuencias negativas del aprovechamiento

No se otorgará autorización si el aprovechamiento puede tener efectos negativos sobre las poblaciones de vida silvestre y sus hábitats. Las autorizaciones previas pueden ser canceladas si se generan tales consecuencias.

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Texto Legal

No se otorgará dicha autorización si el aprovechamiento pudiera tener consecuencias negativas sobre las respectivas poblaciones, el desarrollo de los eventos biológicos, las demás especies que ahí se distribuyan y los hábitats y se dejará sin efecto la que se hubiere otorgado cuando se generen tales consecuencias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental realizar estudios de impacto ambiental antes de solicitar autorizaciones. Esto puede prevenir la cancelación de permisos y posibles sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LGVS?

No se otorgará autorización si el aprovechamiento puede tener efectos negativos sobre las poblaciones de vida silvestre y sus hábitats. Las autorizaciones previas pueden ser canceladas si se generan tales consecuencias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LEY de Vida Silvestre?

[IA] Es fundamental realizar estudios de impacto ambiental antes de solicitar autorizaciones. Esto puede prevenir la cancelación de permisos y posibles sanciones.

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