LGV

Artículo 82. Integración del Sistema

Describe la composición del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, incluyendo representantes de diferentes poderes y organismos. Esta estructura es fundamental para su funcionamiento.

integracionsistemaorganismos

Texto Legal

El Sistema Nacional de Atención a Víctimas estará integrado por las instituciones, entidades, organismos y demás participantes, aquí enumerados, incluyendo en su caso las instituciones homólogas en los ámbitos estatal y municipal:

I. Poder Ejecutivo:

a) La persona titular de la Presidencia de la República, quien lo presidirá; Inciso reformado DOF 28-04-2022

b) La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Conferencia Nacional de Gobernadores, y Inciso reformado DOF 28-04-2022

c) La persona titular de la Secretaría de Gobernación. Inciso reformado DOF 28-04-2022

II. Poder Legislativo:

a) La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados; Inciso reformado DOF 28-04-2022

b) La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia del Senado de la República, y Inciso reformado DOF 28-04-2022

c) Una persona integrante del poder legislativo de los estados y del Congreso de la Ciudad de México. Inciso reformado DOF 28-04-2022

III. Poder Judicial:

a) La persona titular de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal. Inciso reformado DOF 28-04-2022

IV. Organismos Públicos:

a) La persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y Inciso reformado DOF 28-04-2022

b) Una persona representante de organismos públicos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas. Inciso reformado DOF 03-01-2017, 28-04-2022

V. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y una persona representante de las comisiones ejecutivas locales. Fracción reformada DOF 28-04-2022 Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer quiénes forman parte del Sistema puede ayudar a los abogados a dirigir sus solicitudes y quejas a las instancias adecuadas, optimizando así la atención a las víctimas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82 del LGV?

Describe la composición del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, incluyendo representantes de diferentes poderes y organismos. Esta estructura es fundamental para su funcionamiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82 de la LEY de Víctimas?

[IA] Conocer quiénes forman parte del Sistema puede ayudar a los abogados a dirigir sus solicitudes y quejas a las instancias adecuadas, optimizando así la atención a las víctimas.

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