Los gobiernos deben establecer apoyos para que las víctimas accedan a programas académicos en instituciones de educación superior, incluyendo exenciones de costos de inscripción.
Los Gobiernos federal y de las entidades federativas, a través de sus secretarías, dependencias, entidades y organismos de educación y las instituciones de educación superior, en el marco de su autonomía, establecerán los apoyos para que las víctimas participen en los procesos de selección, admisión y matrícula que les permitan acceder a los programas académicos ofrecidos por estas instituciones, para lo cual incluirán medidas de exención del pago de formulario de inscripción y de derechos de grado. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 03-01-2017
CAPÍTULO II MEDIDAS ECONÓMICAS Y DE DESARROLLO Capítulo reubicado y recorrido (antes capítulo III) DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las universidades deben ser proactivas en la inclusión de víctimas en sus programas. Esto puede incluir la creación de becas específicas y programas de apoyo académico.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo