Las medidas de protección deben ser acordes a la amenaza y considerar la vulnerabilidad de las víctimas, respetando su dignidad. Esto es esencial para su bienestar psicológico.
Las medidas adoptadas deberán ser acordes con la amenaza que tratan de conjurar y deberán tener en cuenta la condición de especial vulnerabilidad de las víctimas, así como respetar, en todos los casos, su dignidad. Artículo reformado DOF 03-05-2013
CAPÍTULO V MEDIDAS EN MATERIA DE ASESORÍA JURÍDICA Capítulo reubicado DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Respetar la dignidad de las víctimas en la implementación de medidas de protección es fundamental para su proceso de recuperación y confianza en las autoridades.
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