Los gobiernos federal y estatales deben otorgar un carnet que identifique a las víctimas ante el sistema de salud, garantizando atención urgente. Este proceso se realizará de manera gradual, priorizando a las víctimas con daños graves.
Los Gobiernos federal y de las entidades federativas, a través de sus organismos, dependencias y entidades de salud pública, así como aquellos municipios que cuenten con la infraestructura y la capacidad de prestación de servicios, en el marco de sus competencias serán las entidades obligadas a otorgar el carnet que identifique a las víctimas ante el sistema de salud, con el fin de garantizar la asistencia y atención urgentes para efectos reparadores. Párrafo reformado DOF 03-01-2017
El proceso de credencialización se realizará de manera gradual y progresiva dando prioridad a las víctimas de daños graves a la salud e integridad personal. No obstante, aquellas víctimas que no cuenten con dicho carnet y requieran atención inmediata deberán ser atendidas de manera prioritaria. Artículo reformado DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La credencialización es un paso importante para asegurar que las víctimas reciban atención prioritaria, lo que puede ser un factor determinante en su recuperación.
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