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Artículo 173. Servicio Civil de Carrera

El servicio civil de carrera para Asesores Juridicos abarca aspectos como seleccion, ingreso y capacitacion, asegurando la profesionalizacion del personal.

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Texto Legal

El servicio civil de carrera para los Asesores Jurídicos, comprende la selección, ingreso, adscripción, permanencia, promoción, capacitación, prestaciones, estímulos y sanciones. Este servicio civil de carrera se regirá por las disposiciones establecidas en las disposiciones reglamentarias aplicables. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La implementacion de un servicio civil de carrera es un paso positivo hacia la profesionalizacion de los Asesores Juridicos. Los abogados deben considerar la importancia de la capacitacion continua.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 173 del LGV?

El servicio civil de carrera para Asesores Juridicos abarca aspectos como seleccion, ingreso y capacitacion, asegurando la profesionalizacion del personal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 173 de la LEY de Víctimas?

[IA] La implementacion de un servicio civil de carrera es un paso positivo hacia la profesionalizacion de los Asesores Juridicos. Los abogados deben considerar la importancia de la capacitacion continua.

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