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Artículo 165. Asesoria Juridica Federal

Se crea la Asesoria Juridica Federal de Atencion a Victimas para garantizar sus derechos. Esta asesoria es fundamental para asegurar el acceso a la justicia.

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Texto Legal

Se crea en la Comisión Ejecutiva, la Asesoría Jurídica Federal de Atención a Víctimas, área especializada en asesoría jurídica para víctimas.

Las entidades federativas deberán crear en el ámbito de sus respectivas competencias su propia Asesoría Jurídica de Atención a Víctimas o, en su caso, adaptar las estructuras previamente existentes en los términos de esta Ley.

Las Asesorías Jurídicas de Atención a Víctimas de las entidades federativas serán, del mismo modo, órganos dependientes de la unidad análoga a la Comisión Ejecutiva que exista en la entidad, gozarán de independencia técnica y operativa y tendrán las mismas funciones, en el ámbito de sus competencias. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La existencia de una asesoria juridica especializada es un recurso valioso para las victimas, y los abogados deben estar al tanto de su funcionamiento para ofrecer un mejor apoyo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 165 del LGV?

Se crea la Asesoria Juridica Federal de Atencion a Victimas para garantizar sus derechos. Esta asesoria es fundamental para asegurar el acceso a la justicia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 165 de la LEY de Víctimas?

[IA] La existencia de una asesoria juridica especializada es un recurso valioso para las victimas, y los abogados deben estar al tanto de su funcionamiento para ofrecer un mejor apoyo.

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