La solicitud será evaluada por el comité interdisciplinario, que integrará la carpeta con la documentación necesaria y determinará las medidas a otorgar. La Comisión Ejecutiva tiene un plazo de veinte días hábiles para resolver.
Recibida la solicitud, ésta pasará a evaluación del comité interdisciplinario evaluador para que integre la carpeta con los documentos señalados en el artículo anterior, analice, valore y concrete las medidas que se otorgarán en cada caso.
El Reglamento de esta Ley especificará el procedimiento que se seguirá para el otorgamiento de la ayuda.
La Comisión Ejecutiva deberá integrar el expediente completo en un plazo no mayor a veinte días hábiles y resolver con base a su dictamen la procedencia de la solicitud. Artículo reformado DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las víctimas comprendan los tiempos de respuesta y se preparen para posibles seguimientos. Los abogados deben estar atentos a cualquier requerimiento adicional de información.
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