Se establece que la asignación de recursos de ayuda y reparación integral debe seguir criterios de transparencia y eficiencia. Las víctimas pueden acceder a estos recursos de manera subsidiaria.
En el otorgamiento de los Recursos de Ayuda y la reparación integral de las víctimas del delito y las víctimas de violaciones a los derechos humanos deberán observarse los criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas.
La víctima podrá acceder de manera subsidiaria a las ayudas, asistencia y reparación integral que otorgue la Comisión Ejecutiva con cargo a los recursos autorizados para tal fin, en los términos previstos en esta Ley y en el Reglamento, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones administrativas, penales y civiles que resulten. Artículo reformado DOF 03-05-2013, 03-01-2017, 06-11-2020
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los abogados conozcan los criterios para acceder a estos recursos, ya que pueden ser fundamentales para la recuperación de las víctimas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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