Cualquier alteración en los registros o informes relacionados con víctimas generará responsabilidad disciplinaria. Este artículo establece consecuencias claras para el manejo de información.
Toda alteración en los registros o informes generará responsabilidad disciplinaria por quien lo refrende o autorice, asimismo generará responsabilidad subsidiaria de su superior jerárquico. Ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que se generen. Artículo reformado DOF 03-05-2013
CAPÍTULO VI DEL MINISTERIO PÚBLICO Capítulo reubicado y recorrido (antes Capítulo XIII) DOF 03-05-2013
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La responsabilidad por alteraciones en registros es un aspecto crítico que los servidores públicos deben tomar en cuenta. Los abogados deben estar preparados para abordar posibles violaciones en este sentido.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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