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Artículo 102. Derechos de la víctima en el proceso

Las víctimas tienen derecho a conocer todas las actuaciones realizadas durante el proceso de registro. Si un tercero solicita el ingreso, este deberá ser notificado sobre la aceptación o rechazo de la solicitud.

derechosprocesonotificaciones

Texto Legal

La víctima tendrá derecho, además, a conocer todas las actuaciones que se realicen a lo largo del proceso de registro. Cuando sea un tercero quien solicite el ingreso, deberá notificársele por escrito si fue aceptado o no el mismo. Artículo reformado DOF 03-05-2013

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que las víctimas estén informadas sobre su situación en el proceso, lo que les permite ejercer un mejor control sobre sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LGV?

Las víctimas tienen derecho a conocer todas las actuaciones realizadas durante el proceso de registro. Si un tercero solicita el ingreso, este deberá ser notificado sobre la aceptación o rechazo de la solicitud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LEY de Víctimas?

[IA] Es fundamental que las víctimas estén informadas sobre su situación en el proceso, lo que les permite ejercer un mejor control sobre sus derechos.

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