Las Autoridades garantes deben resolver la denuncia en un plazo de veinte días, proporcionando una resolución fundamentada. Esto es esencial para la transparencia del proceso.
Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus competencias deben resolver la denuncia, dentro de los veinte días siguientes al término del plazo en que el sujeto obligado debe presentar su informe o, en su caso, los informes complementarios. La resolución debe ser fundada y motivada e invariablemente debe pronunciarse sobre el cumplimiento de la publicación de la información por parte del sujeto obligado. De existir incumplimiento, se deberá señalar el artículo y fracción de la presente Ley, así como los preceptos contenidos en las disposiciones jurídicas aplicables que se incumplen, especificar los criterios y metodología del estudio y las razones por las cuales se considera que hay un incumplimiento, y establecer las medidas necesarias para garantizar la publicidad de la información respecto de la cual exista un incumplimiento, determinando así un plazo para que el sujeto obligado cumpla e informe sobre ello.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La resolución fundamentada es clave para la validez del proceso. Los abogados deben estar preparados para impugnar resoluciones que consideren injustas.
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