LGTAIP

Artículo 7. Interpretación de la Ley

La interpretación del derecho de acceso a la información debe alinearse con los principios de máxima publicidad y protección de derechos. Este artículo establece criterios para la aplicación de la Ley.

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Texto Legal

El derecho de acceso a la información y la clasificación de la información se interpretarán conforme a los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, y en la presente Ley. En la aplicación e interpretación de la presente Ley, deberá prevalecer el principio de máxima publicidad, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como en las resoluciones y sentencias vinculantes que emitan los órganos nacionales e internacionales especializados. En todo momento, se deberá favorecer la protección más amplia de los derechos de las personas. Para el caso de la interpretación, se podrán considerar los criterios, determinaciones y opiniones de las Autoridades garantes y los organismos internacionales en dicha materia. Capítulo II De los Principios Generales Sección Primera De los principios rectores de las Autoridades garantes

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es clave para entender cómo se debe aplicar la ley en la práctica. Los profesionales deben considerar estos principios al asesorar sobre solicitudes de información.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del LGTAIP?

La interpretación del derecho de acceso a la información debe alinearse con los principios de máxima publicidad y protección de derechos. Este artículo establece criterios para la aplicación de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Este artículo es clave para entender cómo se debe aplicar la ley en la práctica. Los profesionales deben considerar estos principios al asesorar sobre solicitudes de información.

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