LGTAIP

Artículo 57. Formatos de Publicación

El Sistema Nacional establecerá los formatos de publicación de información para asegurar su veracidad y accesibilidad. Se buscará la homologación en la presentación de la información.

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Texto Legal

Los lineamientos que emita el Sistema Nacional establecerán los formatos de publicación de la información para asegurar que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible, comprensible, verificable. Los lineamientos a que se refiere el párrafo anterior procurarán la homologación en la presentación de la información a la que hace referencia este Título por parte de los sujetos obligados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La estandarización de formatos puede facilitar el acceso a la información. Es recomendable que los sujetos obligados se capaciten en el uso de estos formatos para asegurar su correcta aplicación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 57 del LGTAIP?

El Sistema Nacional establecerá los formatos de publicación de información para asegurar su veracidad y accesibilidad. Se buscará la homologación en la presentación de la información.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 57 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] La estandarización de formatos puede facilitar el acceso a la información. Es recomendable que los sujetos obligados se capaciten en el uso de estos formatos para asegurar su correcta aplicación.

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