LGTAIP

Artículo 178. Informe de cumplimiento

Una vez cumplida la resolución, el sujeto obligado debe informar a la Autoridad garante local. Este informe es parte del proceso de rendición de cuentas.

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Texto Legal

Una vez cumplimentada la resolución a que se refiere el artículo anterior por parte del sujeto obligado, este debe informar a la Autoridad garante local respecto de su cumplimiento, lo cual debe hacer dentro del plazo previsto en el artículo anterior.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegúrese de que el informe de cumplimiento se presente de manera oportuna para evitar problemas futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 178 del LGTAIP?

Una vez cumplida la resolución, el sujeto obligado debe informar a la Autoridad garante local. Este informe es parte del proceso de rendición de cuentas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 178 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Asegúrese de que el informe de cumplimiento se presente de manera oportuna para evitar problemas futuros.

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