El sujeto obligado debe cumplir con la nueva resolución en un plazo no mayor a diez días. Este cumplimiento es crucial para la transparencia y el acceso a la información.
El sujeto obligado, a través de la Unidad de Transparencia debe cumplir con la nueva resolución que le hubiere notificado la Autoridad garante local en cumplimiento al fallo del recurso de inconformidad, en un plazo no mayor a diez días, a menos de que en la misma se hubiere determinado un plazo mayor para su cumplimiento. En el propio acto en que se haga la notificación al sujeto obligado, se le requerirá para que informe sobre el cumplimiento que se dé a la resolución de referencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es fundamental que los sujetos obligados tengan claro el plazo para el cumplimiento, ya que el incumplimiento puede acarrear sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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