LGTAIP

Artículo 166. Procedimiento de inconformidad

La Autoridad garante federal examina la procedencia del recurso de inconformidad y puede requerir elementos a la Autoridad garante local. Este proceso es esencial para garantizar el acceso a la información pública.

inconformidadautoridad garantetransparencia

Texto Legal

Una vez que la Autoridad garante federal reciba el recurso de inconformidad examinará su procedencia y, en su caso, requerirá los elementos que considere necesarios a la Autoridad garante local responsable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los abogados y contadores conozcan los plazos y procedimientos para garantizar que sus clientes puedan presentar inconformidades de manera efectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del LGTAIP?

La Autoridad garante federal examina la procedencia del recurso de inconformidad y puede requerir elementos a la Autoridad garante local. Este proceso es esencial para garantizar el acceso a la información pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Es importante que los abogados y contadores conozcan los plazos y procedimientos para garantizar que sus clientes puedan presentar inconformidades de manera efectiva.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 166 del LGTAIP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 166 LGTAIP desde tu celular