LGTAIP

Artículo 16. Presuncion de existencia de informacion

Este articulo establece que se presume la existencia de informacion relacionada con las facultades y funciones de los sujetos obligados. Si no se han ejercido ciertas facultades, se debe justificar la inexistencia de la informacion solicitada.

informacionsujetos obligadosjustificacion

Texto Legal

Se presume que la información debe existir cuando se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorgan a los sujetos obligados y se tenga la obligación jurídica de documentarla. En los casos en que ciertas facultades, competencias o funciones no se hayan ejercido, el sujeto obligado deberá motivar la respuesta que lo justifique.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los sujetos obligados mantengan una adecuada documentacion de sus facultades y funciones para evitar justificaciones insuficientes ante solicitudes de informacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LGTAIP?

Este articulo establece que se presume la existencia de informacion relacionada con las facultades y funciones de los sujetos obligados. Si no se han ejercido ciertas facultades, se debe justificar la inexistencia de la informacion solicitada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Es crucial que los sujetos obligados mantengan una adecuada documentacion de sus facultades y funciones para evitar justificaciones insuficientes ante solicitudes de informacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 16 del LGTAIP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 16 LGTAIP desde tu celular