LGTAIP

Artículo 114. Excepciones a la reserva

No se puede invocar el carácter de reservado en casos de violaciones graves de derechos humanos o actos de corrupción. Esto refuerza la transparencia en temas críticos.

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Texto Legal

No podrá invocarse el carácter de reservado cuando:

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 20-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Se trate de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, o II. Se trate de información relacionada con actos de corrupción acreditados de acuerdo con las leyes aplicables. Capítulo III De la Información Confidencial

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los sujetos obligados deben ser especialmente cautelosos al clasificar información relacionada con derechos humanos y corrupción. La transparencia en estos casos es fundamental para la rendición de cuentas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 114 del LGTAIP?

No se puede invocar el carácter de reservado en casos de violaciones graves de derechos humanos o actos de corrupción. Esto refuerza la transparencia en temas críticos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 114 de la LEY de Transparencia y Acceso a la Información ...?

[IA] Los sujetos obligados deben ser especialmente cautelosos al clasificar información relacionada con derechos humanos y corrupción. La transparencia en estos casos es fundamental para la rendición de cuentas.

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