LGSC

Artículo 3. Conceptos Clave

Define términos importantes como organismos cooperativos y sistema cooperativo, que son esenciales para la comprensión de la ley. Estos conceptos son fundamentales para el funcionamiento del movimiento cooperativo en México.

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Texto Legal

Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

I. Organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas;

II. Sistema Cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El Sistema Cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, y

III. Instituto, al Instituto Nacional de la Economía Social. Artículo reformado DOF 16-04-2025

LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-04-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La claridad en estos conceptos es crucial para la correcta aplicación de la ley. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes entiendan estos términos al formar sociedades cooperativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LGSC?

Define términos importantes como organismos cooperativos y sistema cooperativo, que son esenciales para la comprensión de la ley. Estos conceptos son fundamentales para el funcionamiento del movimiento cooperativo en México.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de Sociedades Cooperativas?

[IA] La claridad en estos conceptos es crucial para la correcta aplicación de la ley. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes entiendan estos términos al formar sociedades cooperativas.

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