LGS

Artículo 74. Establecimientos de salud mental

Se deben establecer servicios ambulatorios y psiquiatría en hospitales generales para garantizar la continuidad de la atencion en salud mental. Esto busca eliminar el modelo psiquiátrico asilar.

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Texto Legal

Para garantizar el acceso y continuidad de la atención de la salud mental y adicciones, se deberá de disponer de establecimientos ambulatorios de atención primaria y servicios de psiquiatría en hospitales generales, hospitales regionales de alta especialidad e institutos nacionales de salud.

LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Asimismo, para eliminar el modelo psiquiátrico asilar, no se deberán construir más hospitales monoespecializados en psiquiatría; y los actuales hospitales psiquiátricos deberán, progresivamente, convertirse en centros ambulatorios o en hospitales generales dentro de la red integrada de servicios de salud. Artículo reformado DOF 05-08-2011, 15-01-2013, 16-05-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La transicion hacia un modelo ambulatorio es un paso importante. Es necesario capacitar al personal en nuevas modalidades de atencion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LGS?

Se deben establecer servicios ambulatorios y psiquiatría en hospitales generales para garantizar la continuidad de la atencion en salud mental. Esto busca eliminar el modelo psiquiátrico asilar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la LEY de Salud?

[IA] La transicion hacia un modelo ambulatorio es un paso importante. Es necesario capacitar al personal en nuevas modalidades de atencion.

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