LGS

Artículo 74 Ter. Derechos de usuarios de salud mental

Los usuarios de servicios de salud mental tienen derechos fundamentales que garantizan su dignidad y acceso a atencion adecuada. Esto es esencial para la calidad del servicio.

derechossalud mentalatencion

Texto Legal

La población usuaria de los servicios de salud mental tendrán los derechos siguientes:

I. Derecho a la mejor atención disponible en materia de salud mental con perspectiva intercultural, pertinencia lingüística y perspectiva de género, lo que incluye el trato sin discriminación y con respeto a la dignidad de la persona, en establecimientos de la red del Sistema Nacional de Salud;

II. Derecho a contar con mecanismos de apoyo en la toma de decisiones y a directrices de voluntad anticipada sobre el consentimiento informado;

III. Derecho al consentimiento informado de la persona con relación al tratamiento a recibir;

IV. Derecho a no ser sometido a medidas de aislamiento, contención coercitiva o cualquier práctica que constituya tratos crueles, inhumanos o degradantes y, en su caso, ser sujeto a medios para atenuar el escalamiento de crisis;

V. Derecho a un diagnóstico integral e interdisciplinario y a un tratamiento basado en un plan prescrito individualmente con historial clínico, revisado periódicamente y modificado de acuerdo con la evolución del paciente, que garantice el respeto a su dignidad de persona humana y sus derechos humanos;

VI. Derecho a no ser sometido a tratamientos irreversibles o que modifiquen la integridad de la persona;

VII. Derecho a ser tratado y atendido en su comunidad o lo más cerca posible al lugar en donde habiten sus familiares o amigos;

VIII. Derecho a la confidencialidad de la información sobre su salud;

IX. Derecho a tener acceso y disponibilidad a servicios de salud mental y adicciones, y

X. Los derechos establecidos en la legislación nacional y los tratados y convenciones internacionales, vinculantes, de los que México forma parte. Artículo adicionado DOF 16-05-2022

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer los derechos de los usuarios es fundamental para brindar una atencion respetuosa. Los profesionales deben estar capacitados en derechos humanos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 Ter del LGS?

Los usuarios de servicios de salud mental tienen derechos fundamentales que garantizan su dignidad y acceso a atencion adecuada. Esto es esencial para la calidad del servicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 Ter de la LEY de Salud?

[IA] Conocer los derechos de los usuarios es fundamental para brindar una atencion respetuosa. Los profesionales deben estar capacitados en derechos humanos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 74 Ter del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 74 Ter LGS desde tu celular