LGS

Artículo 71 Octies. Promocion de tecnologias emergentes

La Secretaría de Salud promoverá el desarrollo y adopcion de tecnologias emergentes en salud digital en colaboracion con diversas instituciones. Esto busca mejorar la calidad de los servicios de salud.

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Texto Legal

La Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones del sector público, social y privado, promoverá el desarrollo, la investigación y la adopción de tecnologías emergentes en salud digital. Artículo adicionado DOF 15-01-2026

CAPITULO VII Salud Mental

LEY GENERAL DE SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboracion entre el sector publico y privado puede acelerar la adopcion de innovaciones en salud. Es recomendable estar atento a las iniciativas de la Secretaría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 Octies del LGS?

La Secretaría de Salud promoverá el desarrollo y adopcion de tecnologias emergentes en salud digital en colaboracion con diversas instituciones. Esto busca mejorar la calidad de los servicios de salud.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 Octies de la LEY de Salud?

[IA] La colaboracion entre el sector publico y privado puede acelerar la adopcion de innovaciones en salud. Es recomendable estar atento a las iniciativas de la Secretaría.

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